CERTIFICADOS DE EFICIENCIA ENERGÉTICA :: NUÑO ARQUITECTURA  Arquitectura sostenible diseñada para tí

 

Ofrecemos nuestros servicios para la realización de certificados de eficiencia energética de edificios existentes.

 

CONSIDERACIONES GENERALES DE ESTE CERTIFICADO

El día 13 de Abril de 2013, en el número 89 del Boletín Oficial del Estado, sección de Disposiciones Generales, la aprobación del RD 235/2013 por el que se aprueba el Procedimiento Básico para la Certificación de la Eficiencia  Energética de los Edificios.

Real Decreto establece:

_Que a partir de 1 de junio de 2013 será obligatorio poner a disposición de los compradores o arrendadores de edificios o de parte de los mismos  (siempre que los alquileres tengan una duración superior a cuatro meses), un certificado de eficiencia energética.

_La validez del certificado se produce una vez firmado por el técnico competente, no obstante, según el artículo 5.6 del Real Decreto 235/2013, “el certificado de eficiencia energética del edificio debe presentarse, por el promotor, o propietario, en su caso, al órgano competente de la Comunidad Autónoma en materia de certificación energética de edificios, para el registro de estas certificaciones en su ámbito territorial”., Además de lo anterior, es preciso recordar que tanto el modelo de certificado aprobado como el de etiqueta deben contener el número de registro asignado por la Comunidad Autónoma.

_El certificado tendrá una validez de 10 años, siendo responsabilidad del propietario renovarlo. El propietario podrá proceder voluntariamente a su actualización, cuando considere que existen variaciones en aspectos del edificio que puedan modificar el certificado de eficiencia energética.

_ ¿Qué es la etiqueta de eficiencia energética?

Es el distintivo que recoge la calificación obtenida en el certificado energético. Señala el nivel de calificación de eficiencia energética obtenida por el edificio o unidad del edificio. Con un código de color clasifica los inmuebles según una escala energética que va desde la A (inmueble más eficiente) a la G (inmueble menos eficiente).

Otorga una calificación (de la A a la G) según el consumo de energía, y otra según las emisiones de dióxido de carbono.

_La etiqueta energética deberá incluirse en todo tipo de publicidad, oferta o promoción de cualquier inmueble. Asimismo, el certificado de eficiencia energética deberá ser presentado, en su formato original, en la firma del contrato de compra-venta. En los casos de arrendamiento se podrá presentar una copia.